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Acceso a la justicia

Raúl Arroyo

Con diversos matices, el acceso a la justicia es uno de los reclamos más señalados en los países subdesarrollados. Cuerpos normativos obsoletos, aparatos de justicia rebasados, vulneración a la independencia judicial, improvisación de los cuerpos policiales, abogacías incompetentes, presupuestos insuficientes, sistemas penitenciarios desbordados, intromisiones mediáticas, base social de la delincuencia organizada, visiones aldeanas del fenómeno delictivo, son, entre otros, factores corruptores del ejercicio pleno de ese derecho humano.

Con una perspectiva global del fenómeno, la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, COMJIB, la Cumbre Judicial Iberoamericana, la Secretaría General Iberoamericana, SEGIB, y el Programa Iberoamericano de Acceso a la Justicia, PIAJ, han trabajado durante los tres años recientes en un proyecto para proveer soluciones en los países de Iberoamérica.

La propuesta es un instrumento multinacional vinculante signado por los Estados de la región, cuyo objetivo es regularlo con estándares de derechos humanos.

Poco antes de finalizar 2023, la COMJIB dio a conocer el primer borrador del Convenio Iberoamericano de Acceso a la Justicia para ser debatido y perfeccionado a lo largo de 2024.

Después de precisar su objetivo en el artículo primero, en el segundo señala como ámbito de aplicación, “promover el acceso a la justicia a través de la información y la orientación jurídica, los mecanismos jurisdiccionales y no jurisdiccionales de solución de conflictos; el fortalecimiento de los servicios de atención jurídica; y el establecimiento de directrices para la elaboración de políticas públicas para el acceso a la justicia, así como toda otra forma de satisfacer las necesidades jurídicas de la población.”

Enseguida define el acceso a la justicia como “el derecho fundamental que tiene toda persona al pleno ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico, mediante la interposición de una acción judicial, a ser oídas públicamente ante un tribunal independiente e imparcial, así como a obtener soluciones a sus necesidades jurídicas a través de instituciones formales e informales.”

En seis capítulos el borrador contiene los aspectos torales por abordarse: Información y educación en derechos, empoderamiento y orientación jurídica, Mecanismos de resolución de conflictos, Mecanismos jurisdiccionales de resolución de conflictos, Acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad y, Políticas públicas para el acceso a la justicia. (comjib.org/convenio)

Prácticamente inmerso nuestro país en la campaña electoral para renovar los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales y algunos locales, ya se anuncian los debates respecto de dos propuestas de país. El derecho a la justicia con sus múltiples aristas apunta como prioritario en ambas, coincidentemente encargado, en cada una, a dos egresados de la Escuela Libre de Derecho, uno y otro con antecedentes en el litigio privado y el servicio público federal: Fernando Gómez Mont y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

A riesgo de redundar sobre un asunto sobre diagnosticado y tantas veces eludido, apuntemos a proposiciones concretas, como las del sugerido Convenio Iberoamericano, útiles para soluciones cada vez más urgentes, con paradigmas y mecanismos actuales: justicia abierta, nuevas tecnologías, participación ciudadana, justicia multipuertas, por ejemplo.

La oportunidad llama a no seguir bordando en el aire decisiones inviables, mientras la realidad nos devora.

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